Sí, siempre que los ahorros no se hayan generado por el suministro al sector de la transformación de la energía y a las industrias de energía propiamente dichas ni las pérdidas debidas al transporte y distribución de la energía. Es decir, una medida de eficiencia energética no vinculada al suministro, transformación, transporte y distribución de la energía sí podrá beneficiarse del sistema de CAE.
Como ejemplos para ilustrar lo anterior, no serían elegibles mejoras en los procesos de refino en refinerías, mejoras del aislamiento de los tanques de almacenamiento o de la red de transporte de combustible. Sin embargo, sí serían elegibles actuaciones como rehabilitación de la envolvente de las oficinas o sustitución del sistema de iluminación de una empresa de transformación de la energía, mejora de la eficiencia de procesos complementarios para obtener productos químicos en una refinería, o instalación de un sistema de telemetría y geoposicionamiento en la flota de transporte.